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La Ley 3/1993, que actualmente rige a las Cámaras de Comercio, continúa la tradición legislativa continental, al definirlas como Corporaciones de Derecho Público y reconoce la importancia de su labor como instituciones intermedias en la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y la navegación, y en la consolidación del tejido económico del país. Bajo la tutela de las Administraciones Públicas, el Consejo Superior y las Cámaras desarrollan las funciones que les son encomendadas por Ley.

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